En cumplimiento de la Resolución de AFIP N° 2.681, Art. 21, Inc. C, modificada por Resolución 4.157 de la misma entidad, la Caja Notarial de Jubilaciones y Previsión Social de la Provincia de Córdoba recuerda que no se pueden recibir en la sede institucional pagos en efectivo iguales o superiores a $ 10.000.
Los pagos que superen ese monto se podrán abonar con cheques propios o de terceros endosados por el Escribano requirente o por los medios habituales (depósito bancario, home banking de Red Link, débito en cuenta a través de cajero automático, transferencias bancarias a las cuentas de la Caja Notarial correspondientes).
Asimismo, se recuerda que no se efectuarán Reintregos en efectivo por montos iguales o superiores a $ 10.000. En los casos que el reintegro supere ese valor, se efectivizará solamente a través de transferencia bancaria a la cuenta indicada por el Escribano requirente.