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Acta N° 46: Reducción de Aportes Jubilatorios por contratos de hipoteca

19/10/2020

La Caja Notarial de Jubilaciones y Previsión Social de la Provincia de Córdoba comunica que, mediante Acta N° 46 del 13 de octubre, resolvió establecer una reducción del 60% en el pago de los aportes jubilatorios para los actos de refinanciación, y/o modificación, y/o adenda, de los contratos de hipoteca o sus ampliaciones, cuando estos sean o hayan sido con destino a fomento comercial (capital de trabajo), industrial o agropecuario celebrados entre empresas agropecuarias, industriales, mineras, comerciales etc., y Bancos oficiales y privados, entidades financieras, mutuales, con destino reestructurar, refinanciar, reprogramar, cancelar deudas, originadas en préstamos con destino a “inversión de actividades productivas para la micro, pequeña y mediana empresa”.

 

Por otra parte, también se establece reducción en el pago de los aportes jubilatorios del 60% por la constitución y/o la refinanciación y/o modificación y/o adenda de los contratos de hipoteca o sus ampliaciones, cuando estos sean o hayan sido en garantía de cuenta corriente mercantil, celebrados entre empresas comerciales, agropecuarias, industriales, mineras, comerciantes, etc., y Bancos oficiales y privados, entidades financieras, mutuales, Cooperativas y Empresas industriales y/o comerciales proveedoras, destinado a facilitar el giro de los negocios, reestructurar, refinanciar, reprogramar, deudas de la cartera comercial, originados en préstamos de cuenta corriente para el giro comercial.

 

Por último, también se resolvió una reducción del 60% en el pago de los aportes jubilatorios por la constitución de contratos de hipoteca cuando estos sean con destino a fomento comercial (capital de trabajo), industrial o agropecuario celebrados entre empresas agropecuarias, industriales, mineras, comerciales etc., y Bancos oficiales y privados, entidades financieras, mutuales, con destino a “inversión en actividades productivas, insumos, atención de deudas, para la micro, pequeña y mediana empresa”.

 

Cabe aclarar que esta disposición es de carácter excepcional, temporal y regirá para los actos otorgados desde la fecha de la resolución y hasta el 28/02/2021.

 


• Acta N° 46, del 13 de octubre de 2020.